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El arriendo de la propiedad está garantizado después de que las partes firman las condiciones acordadas en un contrato. Es recomendable por escrito pero no es requisito firmarlo en notaría para su validez.
Habitualmente, el contrato de arriendo debe ser firmado tanto por el arrendatario principal como por los codeudores.
Es el valor de arriendo mensual que incluye los gastos comunes y de servicios con un tope de consumo mensual, si existiera mayor consumo deberá pagar la diferencia. Es una modalidad para estadías cortas, no más de 3 meses, y es el propietario encargado del pago.
Es el valor mensual acordado sin incluir los gastos de servicios. En este caso, será el arrendatario el encargado de pagar los servicios (internet, agua, luz, gas, TV cable) y gastos comunes.
Debe comunicarse con el arrendador para consultar que no exista una reserva previa y redactar nuevo contrato. La agencia no solicita nuevo pago de comisión pero, en lo posible, comunicarle de su continuidad para actualizar estado del inmueble.